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Introducción a la gestión preventiva del teletrabajo
El objeto del presente artículo es analizar las cuestiones más relevantes del teletrabajo en materia de seguridad y salud laboral, además de determinar cómo deben gestionarse las diferentes obligaciones en la prestación de servicios.
Cuando hablamos de teletrabajo, nos viene a la cabeza la realización del trabajo desde el domicilio, sin embargo, no necesariamente ha de ser así, pues la actividad laboral puede entenderse siempre que sea ejecutada desde diferentes entornos ajenos a los centros de trabajo de la empresa.
En el ámbito europeo, tenemos la definición de teletrabajo incluida en el apartado segundo del Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo de 2002, que lo define como "una forma de organización y/o realización del trabajo, utilizando las tecnologías de la información en el marco de un contrato o de una relación de trabajo, en la cual un trabajo que podría ser realizado igualmente en los locales de la empresa se efectúa fuera de estos locales de forma regular".
Según datos consultados por diversos medios de información, es aceptado que la implantación del teletrabajo en España está muy por debajo de la media europea, por lo que esta modalidad organizativa tiene todavía mucho desarrollo en nuestro país.