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Riesgo durante el embarazo, por Anabel Ara

16/09/2011 Tras la ejecución de estudios de investigación sobre los factores de riesgo de origen laboral que ocasionan la concesión de la prestación de riesgo durante el embarazo, se pueden concretar varias conclusiones. La más significativa es que el número de expedientes de esta prestación crece de forma exponencial año tras año debido al mayor conocimiento por parte de las trabajadoras, las empresas y la sociedad en general de las posibles repercusiones que las condiciones de trabajo pueden ocasionar en la salud de las trabajadoras embarazadas.

Las mujeres que con más frecuencia solicitan esta prestación pertenecen a sectores profesionales tales como actividades sanitarias o servicios sociales, profesiones que, debido a sus condiciones de trabajo, pueden influir negativamente en su salud. Cabe decir que, estos sectores destacan por tener en plantilla un elevado porcentaje de mujeres.

Generalmente, los agentes que motivan la concesión de la prestación son los físicos, como la manipulación de cargas, bipedestación prolongada, nocturnidad/turnicidad, agentes biológicos, etc. En estos casos, se aconseja separar la embarazada de estos riesgos entre las semanas 20 y 37, según cada caso. Para concluir con mejor exactitud los tipos de repercusiones que estas condiciones provocan a la trabajadora embaraza es necesario, además de hacer uso de la Guía de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, la apreciación del médico especialista y de un técnico en prevención que determine la naturaleza, el grado y la duración de la exposición a estos agentes.

Finalmente, cabe destacar que el aumento de la concienciación preventiva por parte de todos los agentes implicados debe repercutir en una mejora de las condiciones de trabajo en la empresa. El objetivo debe ser lograr una efectiva integración de la Prevención y la eliminación de todos aquellos riesgos laborales fruto de la actividad desarrollada que le puedan ser perjudiciales.