×
En Mutua Intercomarcal utilizamos cookies propias para el acceso al área privada y de terceros para realizar análisis de uso y de medición de nuestra web y mejorar nuestros servicios.
Pulsa el botón ACEPTAR TODAS para confirmar que has leído y aceptado todas las cookies, o pulsa CONFIGURAR si quieres modificar o rechazar su uso.

    

ES / CA
canviar idioma a
català

Recursos

Blogs

Contingencias Profesionales para empleadas del hogar

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de noviembre el Real Decreto que establece la protección por Contingencias Profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) para los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados del Hogar.

Hasta ahora solamente estaba regulada la protección por Contingencias Comunes, sin tener en cuenta si se trataba de enfermedad o accidente laboral. La protección por Contingencias Profesionales, que incluye los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, se equipara a la acción protectora de los trabajadores del Régimen General. Por ello, se establece la obligación de cotizar, de acuerdo con la tarifa de primas por Contingencias Profesionales.

El texto del Real Decreto determina el concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional y el alcance de la acción protectora tal y como se define en el Régimen General de la Seguridad Social, lo que significa que se fijan las condiciones de acceso a las prestaciones, con las especialidades precisas, y se señala que su reconocimiento y pago se realizará por la Entidad gestora o la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enferemedades Profesionales de la Seguridad Social con la que se haya formalizado la cobertura de dichas contingencias.

Más información aquí