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Prestaciones no contributivas para autónomos en paro

A pesar de que los últimos datos muestran un incremento del número de autónomos afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la crisis económica ha obligado a muchos de ellos a poner fin a su actividad laboral. Y para muchos, esta situación se ha alargado en el tiempo, sin posibilidad de acceder a prestaciones o paro, a diferencia de un trabajador por cuenta ajena.

Por este motivo, el Ejecutivo ha aprobado una serie de medidas para que, los autónomos que  se encuentren en esta situación, puedan acceder a una prestación de 425 euros al mes durante un periodo máximo de seis meses.

Para beneficiarse de esta prestación no contributiva, la media de ingresos percibidos en la unidad familiar por persona no debe superar el 75% del salario mínimo y debe haber cotizado en el régimen especial de trabajadores autónomos en tres de los últimos cinco años.

Esta prestación está vinculada a la realización de un mínimo de 180 horas de formación como parte del compromiso del autónomo a la búsqueda activa de ocupación, siendo compatible, además, con otras ayudas existentes proporcionadas por las distintas comunidades autónomas.

Como parte de los requisitos, el trabajador autónomo no debe haber alcanzado la edad de jubilación, y debe estar dado de alta en la Seguridad Social. Por consiguiente, debe estar al corriente del pago de las cuotas y tener cubiertas las contingencias profesionales pertinentes.

Por último, el cese de la actividad debe estar justificado, por motivos económicos, acreditado por documentos que reflejan pérdidas del 10%, o bien técnicos, productivos u organizativos.