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Enfermedades Profesionales, de Alejo Sánchez-Friera

Los agentes físicos, tales como los posturas forzadas o los movimientos repetitivos, son los causantes del 80% de los casos de Enfermedades Profesionales (EP) registrados durante los últimos tres años y en relación a autónomos y empresas con cobertura de AT asociados a Mutua Intercomarcal. En este sentido, cabe destacar que son muchas las empresas que aún no han implementado los principios de ergonomía, que ayudarían a reducir o, incluso evitar, alguna de las bajas laborales.

Por otra parte, el mejor cumplimiento de la normativa de PRL, referente a la especialidad de Higiene Industrial, ha contribuido a la disminución de las EP causadas por agentes químicos, biológicos, inhalación de sustancias y producidas por agentes cancerígenos.

La mayoría de casos de enfermedad profesionales por agentes físicos han sido diagnósticos de epicondilitis, síndrome del túnel carpiano y tenosinovitis. En cuanto a la duración de los procesos, se observa un aumento progresivo de los días de baja, aunque la media se encuentra entre los 0 y los 10 días como máximo. Cabe decir que la mayoría de los pronósticos son leves y que las posibilidades de éxito en los tratamientos y las intervenciones quirúrgicas y rehabilitadoras altas. Además, la detección precoz de estas patologías motivada por una correcta vigilancia de la salud contribuye al acortamiento de las bajas. Hay que tener en cuenta que casi la totalidad de los trabajadores afectados habían realizado el reconocimiento médico (RM), de acuerdo con el art. 22 de la Ley PRL, que presume la obligatoriedad de realizarlo a los trabajadores en puestos de trabajo con el riesgo de una EP.

Finalmente, solamente queda señalar que durante el 2010, en el 43% de los casos no se ha realizado el informe de la investigación de las causas de la EP, tal como establece el art. 16.3 de la Ley PRL. Por este motivo, esperamos que durante los próximos años se realicen un mayor nº de investigaciones con el fin de implantar las correspondientes medidas correctoras para evitar su repetición. De esta manera, se empezará a aplicar el primer principio de la acción preventiva referente a la especialidad de Ergonomía: "Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo relativo a la concepción de los puestos, así como la elección de los equipos de trabajo y de producción "(art. 15.1.d Ley PRL).