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Importante: Nueva regulación del Sistema de remisión electrónica de datos de la Seguridad Social

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado en el BOE la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social.

Esta nueva regulación dispone un plazo de 6 meses desde entrada en vigor para darse de alta en el sistema telemático del RED a los colectivos del RETA y del RETMA (excepción grupo 2º y 3º), así como a sujetos que tienen dados de alta representantes de comercio o Sistema Especial de la Industria Resinera.

Esta disposición añade toda una serie de supuestos que pasan a ser obligatorios para ser presentados de manera telemática, que son los siguientes:

La comunicación por parte de las empresas de la fecha de inicio de la suspensión del contrato de trabajo o del correspondiente permiso, a efectos de tramitar las prestaciones por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, así como de las reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, a efectos de tramitar la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, de las que sean beneficiarios los trabajadores por cuenta ajena o asimilados.

A los sujetos responsables a los que aún no se hubiera notificado la resolución determinando su incorporación a dicho sistema, quedarán incluidos en el mismo de forma obligatoria mediante su comparecencia en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, teniendo para ello un plazo de dos meses.

Acceda a la disposición publicada en el BOE haciendo click aquí.